DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES

Para BlueCare el paciente y su familia pueden ejercer sus derechos y deberes sin restricción de raza, sexo, edad, idioma, religión, opiniones politicas o de cualquier indole, origen social, posición economica o posicion social.

Derechos del Paciente

  1. ATENCIÓN: Ser atendido en instalaciones seguras y cómodas.
  2. CALIDAD: Recibir una atención de calidad.
  3. PERTINENCIA: Ser atendido oportuna y puntualmente.
  4. INFORMACIÓN: Recibir toda la información sobre estado de salud ,  procedimientos a realizar y costos.
  5. CONFIDENCIALIDAD: Confidencialidad  en sus datos personales e historia clínica.
  6. RESPECTO: A ser llamado por su nombre.
  7. LIBRE ELECCIÓN: Elegir libremente el profesional y la institución donde desea ser atendido.
  8. ELEGIR participar en estudios de mercado y donación de organos.

Conoce la Cartilla de seguridad del paciente

Deberes Paciente y Familia

  1. INFORMAR: Suministrar información veraz informar sobre eventualidades y/o complicaciones durante el tratamiento.
  2. CUIDAR: de las instalaciones y equipo de disposición.
  3. ASISTIR: oportuna y puntualmente a las citas.
  4. RESPETAR: al personal de la institución, otros pacientes y familiares.
  5. CUMPLIR: con los pago de los servicios prestados.
  6. VERIFICAR: que sus datos sean correctos en los documentos institucionales.
  7. DAR: a conocer las quejas, reclamos y sugerencias por el conducto regular.

¡Te invitamos a conocer sobre la Asociación de Usuarios!

¿Qué es la asociación de usuarios en salud?

La asociación de usuarios según lo establecido por el Decreto 1757 de 1994, es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y defensa del usuario.

Todas las personas afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrán participar en las instituciones del Sistema formando Asociaciones de Usuarios que los representarán ante las instituciones prestadoras de servicios de salud y ante las Empresas Promotoras de Salud, del orden público, mixto y privado.

¿Cuál es la normatividad que rige a las Asociaciones de Usuarios?

Las Asociaciones de Usuarios están regidas por el Decreto 1757 de 1994 y la Circular Externa 047 de 2007 de Supersalud.

¿Quiénes pueden pertenecer a la asociación de usuarios de la IPS?

Para adquirir la calidad de asociado se requiere cumplir con las siguientes condiciones y requisitos:

  • Ser mayor de edad.
  • Haber hecho uso de algún servicio de salud durante el último año contado a partir de la fecha de convocatoria a la asamblea de constitución.
  • Haber asistido a la Asamblea de constitución de la Asociación donde se elegirán los representantes.
  • Disponer de tiempo para las actividades que se requieran.
  • Residir en el municipio de prestación de servicio de la IPS.
  • Es importante tener en cuenta que los miembros de la asociación de usuarios no debe hallarse incurso en ninguna inhabilidad definida en la norma, esto es la Ley 850 de 2003 (Artículo 19).
  • Tener buenas relaciones, trabajo en equipo, disposición de escucha, entre otros.

La asociación se constituirá con un número plural de usuarios y podrán obtener su reconocimiento como tales por la autoridad competente, de acuerdo con las normas legales vigentes.

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